Esta mañana se ha celebrado en el salón de plenos del Ayuntamiento de Mijas el sorteo para la elección de los miembros que formarán parte de las mesas electorales con motivo de las elecciones generales que tendrán lugar el próximo 23 de julio.
El procedimiento, presidido por el alcalde de Mijas, Josele González (PSOE), se ha llevado a cabo por la Junta de Gobierno Local y por la vía telemática a través del Instituto Nacional de Estadística para garantizar así la transparencia del sorteo público. En este han sido designados los presidentes, vocales y suplentes que compondrán las 71 mesas electorales en el municipio, que se repartirán en 37 secciones y 17 colegios electorales. Cada mesa estará conformada por un presidente y dos vocales, como recoge el BOE. El alcalde ha afirmado que están llamadas a las urnas el próximo 23 de julio en el municipio un total de 47.277 personas.
Mesas electorales
El presidente y los vocales son elegidos entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de la mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de setenta años, si bien a partir de los sesenta y cinco años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días. El presidente deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente.
Asimismo, como se recoge en el BOE, “se procede al nombramiento de dos suplentes para cada uno de los miembros de la mesa” y añade en su artículo 27 que “los cargos de presidente y vocal de las mesas electorales son obligatorios” y que “no pueden ser desempeñados por quienes se presenten como candidatos”. Cabe recordar que la notificación a los seleccionados para las mesas deberá realizarse en el plazo de tres días y que estos “disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo”.
También se aclara que si, posteriormente, “cualquiera de los designados estuviera en imposibilidad de acudir al desempeño de su cargo, debe comunicarlo a la Junta de Zona, al menos setenta y dos horas antes del acto al que debiera concurrir, aportando las justificaciones pertinentes. Si el impedimento sobreviene después de ese plazo, el aviso a la Junta habrá de realizarse de manera inmediata y, en todo caso, antes de la hora de constitución de la mesa. En tales casos, la Junta comunica la sustitución al correspondiente suplente, si hay tiempo para hacerlo, y procede a nombrar a otro, si fuera preciso”.
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