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Sábado 23/11/2024

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La ‘doctrina Parot’

Curiosamente, la ‘doctrina Parot’, esa que parece favorecer la aplicación del mayor tiempo posible de condena a etarras, narcotraficantes, violadores o asesinos en serie que se han distinguido especialmente por su crueldad y autocomplacencia en lo realizado,

Curiosamente, la ‘doctrina Parot’, esa que parece favorecer la aplicación del mayor tiempo posible de condena a etarras, narcotraficantes, violadores o asesinos en serie que se han distinguido especialmente por su crueldad y autocomplacencia en lo realizado, toma el apellido del sanguinario etarra Henri Parot, iniciándose a partir de 2006 una controversia entre tribunales que ahora es zanjada por el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Este se ha decantado por el criterio de aplicar los beneficios penitenciarios sobre el global de las condenas, en lugar de hacerlo sobre cada una de las penas de un recluso, una forma de reducción de condena que fue en realidad aplicada por primera vez por la Audiencia de Huelva en 1993, sobre José Franco Cruz, ‘El Boca’, un violador y asesino de una niña de nueve años, y que produce a la hora de ser aplicada un tiempo más prolongado de estancia entre rejas del condenado, que es lo que, en definitiva, en estos casos, la inmensa mayoría de ciudadanos desea.

Una sentencia, por tanto, la de este alto tribunal europeo, que todos acatamos pero que casi ninguno compartimos, sobre todo, cuando lo llevamos al terreno de lo práctico y conocemos que, a partir de ahora, los ciudadanos corremos el auténtico riesgo de ver en la calle a decenas de asesinos, muchos de ellos etarras, que ni se han arrepentido ni piensan hacerlo. El riesgo de muchas víctimas, o familiares de víctimas asesinadas, de tropezarse de frente con su cruel verdugo, de tener que compartir un mismo espacio, es tan surrealista como cierto.

“El principio de humanidad estará siempre al lado de las víctimas” llegó a dictar nuestro Tribunal Supremo, una frase escrita que daba visos de esperanza al tiempo que bloqueaba uno de los recursos presentados por Parot cuando pretendió que la estancia máxima en la cárcel que marcaba el Código Penal debía corresponder al cumplimiento de todas las condenas, y este contestó aceptando el recurso, pero marcando una prolongación de encarcelamiento a partir de una nueva manera de contabilizar los beneficios penitenciarios, mediante la realización de trabajos y cursos llevados a cabo en la prisión.

Una sentencia que todos acatamos pero que casi ninguno compartimos, sobre todo, cuando lo llevamos al terreno de lo práctico y conocemos que, a partir de ahora, los ciudadanos corremos el auténtico riesgo de ver en la calle a decenas de asesinos, muchos de ellos etarras, que ni se han arrepentido ni piensan hacerlo.Las continuas disputas entre los distintos tribunales, y dentro de estos entre sus propios magistrados, propició un clima de no entendimiento aprovechado por organizaciones terroristas y criminales, consistente en inducir al Estado de derecho a entrar en una destructiva forma de conflicto consigo mismo. Una vieja estrategia usada a lo largo de la historia, propiciar que los enemigos se desgasten primero entre sí … 

Ahora es necesario posicionarse en el presente. España ha sido condenada por vulnerar los derechos humanos de la etarra Inés del Río, autora de 23 asesinatos en los 80. La ‘doctrina Parot’ ha sido vapuleada y previsiblemente supondrá la excarcelación a corto plazo de decenas de criminales. Las reacciones de las asociaciones de victimas de ETA son tan contundentes como irritadas. El Gobierno, como tal, y bajo regla básica del sistema democrático acata la sentencia; pero el Partido Popular, como tal también, asiste indignado y secundará todas las protestas que se convoquen. Muchos ciudadanos y formaciones también lo harán. Otros ciudadanos, si se les puede llamar, se mofarán.

Alberto Ruiz-Gallardón, ministro de Justicia, califica la sentencia de Inés del Río como un recurso individual que afecta solo a una persona y, por tanto, no se puede entender como una doctrina generalizada. Ojalá así sea y tanto en los casos de terroristas como presos comunes afectados por la ‘doctrina Parot’, las respectivas Audiencias Provinciales hagan ese estudio profundo que merece cada caso sobre la conveniencia de la aplicación de la sentencia. 

Los presos afectados por la ya polémica sentencia europea fueron condenados con el Código Penal de 1973, que preveía un máximo de 30 años de cumplimiento y la redención por trabajos hechos en prisión. Cabe esperar de la manifiesta voluntad del referido ministro, junto al de Interior Jorge Fernández Díaz, para que propicien que la próxima reforma legal impida que vuelva a repetirse la deplorable excarcelación como la de la repugnante asesina que ha alcanzado los 23 muertos, (con uno es más que suficiente), antes de llegar al máximo de cumplimiento efectivo legal. 

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