El tiempo en Mijas

Martes 29/09/2026

Actualidad

La nueva ordenanza de patinetes eléctricos de Mijas entra en vigor este 1 de octubre

  • La normativa fija en 15 años la edad mínima para circular y prohíbe el uso de estos vehículos en aceras, paseos y zonas peatonales
  • El concejal de Seguridad, Juan Carlos Cuevas Dawson, junto a varios agentes en el control de patinetes. |

El Ayuntamiento recuerda la importancia de respetar normas como el uso individual, la iluminación o las restricciones sobre móvil, auriculares, alcohol y drogas

La nueva Ordenanza  Municipal de Tráfico y Circulación de Mijas entra en vigor este jueves, 1 de octubre, con una regulación específica para los vehículos de movilidad personal (VMP), entre ellos los patinetes  eléctricos. La normativa establece las condiciones para su  utilización en el municipio con especial atención a la seguridad de  los peatones y a la convivencia entre los diferentes usuarios de la  vía. 

 
  • Policía Local se encarga de realizar los controles necesarios. |

Entre las principales normas, la ordenanza fija en 15 años la edad mínima para circular con un VMP por las vías y espacios públicos y establece que estos vehículos son de uso exclusivamente individual. Sus conductores tampoco podrán utilizar teléfonos móviles, cascos o auriculares durante la circulación y estarán sujetos a las  restricciones establecidas en materia de alcohol y drogas. 

La circulación de patinetes eléctricos queda prohibida por aceras,  paseos y demás espacios destinados a los peatones. En aquellos lugares en los que puedan compartir espacio con ellos, el peatón tendrá siempre prioridad y deberá mantenerse una distancia  mínima de un metro. Cuando una aglomeración impida respetar esa  separación o circular en línea recta durante al menos cinco metros,  el usuario tendrá que bajarse del patinete y continuar a pie.

 
  • Vecinos circulando en patinete por el municipio. |

Luces

Los VMP deberán disponer además de alumbrado delantero y  trasero durante su circulación, tanto de día como de noche, y cumplir con los elementos de seguridad establecidos. Tampoco  podrán circular por las zonas afectadas por la celebración de  eventos deportivos, culturales o religiosos. 

A estas disposiciones municipales se suman las obligaciones  establecidas por la normativa estatal para los vehículos personales  ligeros, entre ellas la inscripción en el registro correspondiente y la contratación del seguro obligatorio de responsabilidad civil en los  supuestos previstos legalmente. 

Sanciones

El concejal de Policía Local y primer teniente de alcalde, Juan Carlos Cuevas Dawson (Vox), ha señalado que “son normas claras para mejorar la  seguridad y proteger al peatón”. “Pedimos responsabilidad y sentido común a todos los usuarios”, ha añadido. 

La ordenanza contempla un régimen sancionador para los incumplimientos, con multas que pueden alcanzar los 500 euros en función de la gravedad de la infracción. El Ayuntamiento recuerda que la regulación responde al importante crecimiento que ha  experimentado esta forma de movilidad durante los últimos años y a la necesidad de disponer de unas reglas claras que permitan compatibilizar su utilización con la seguridad vial y el uso cotidiano del espacio público. 

Para el Ejecutivo local, la entrada en vigor de la nueva ordenanza supone la aplicación de un marco municipal actualizado para los vehículos de movilidad personal y “dota a la Policía Local de una regulación específica para actuar ante las conductas que puedan poner en riesgo la seguridad de peatones y del resto de usuarios de las vías”.

 
  • Cartel con la normativa municipal. |

 

Comparte esta noticia desde el siguiente enlace: https://mijascom.com/?a=39492

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai