La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revoca la decisión de la Audiencia Provincial de Málaga, que hace un año había condenado a Juan Carlos González por un supuesto delito de denuncia falsa. Según se desprende de la sentencia, la sala ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa del exedil, Abdeslam Lucena, que aseguró el miércoles 20 en rueda de prensa que “confiábamos en el recurso; aunque era complicado se tenía que estimar y prueba manifiesta es que el pasado viernes nos ratificaron la sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Andalucía firmada el 14 de noviembre, donde estiman nuestro recurso de apelación y se acuerda la absolución de Juan Carlos González de los delitos de denuncia falsa y, además, se confirma la absolución del delito documental por el cual se le estaba acusando por parte del denunciante”.
Antecedentes
El caso Cartero surge a raíz de la presentación de una denuncia anónima en la Fiscalía Provincial de Málaga en 2018, en la que se acusaba a varios miembros del Ayuntamiento de Mijas de prevaricación administrativa durante la organización de un viaje para jubilados que, al parecer, carecía de cobertura contractual. Juan Carlos González fue acusado de presentar la denuncia con el objetivo de perjudicar al partido Ciudadanos de cara a las elecciones municipales. Ahora, el Tribunal señala que el contenido de la denuncia no podía considerarse objetivamente falso.
El exedil considera que ha habido un intento de “persecución” hacia su persona. “Una persona que más allá de su mentira y de tapar su mentira con otra mentira lo que ha ido a buscar es persecución hacia mi persona; he tenido que poner al frente mi casa por todas las cosas que me pedía, por el dinero que me pedía y ocho meses de condena y 33.000 euros por un delito contra su honor más 12.000 euros de multa más las costas que son 100.000 euros y todo por una inquina personal, por mantenerse en un sillón y le ha dado igual pisar a unos y otros”, manifestó González.
Además, la Sala considera probado que el pago del viaje por el procedimiento de reconocimiento extrajudicial de crédito en pleno no legalizaba el supuesto delito, por lo que los hechos denunciados no podían considerarse como denuncia falsa. Así, la Sala absuelve a Juan Carlos González del delito de denuncia falsa y mantiene la absolución respecto del delito de falsedad documental.
González expresó su agradecimiento a todas las personas que le han apoyado durante este proceso y aseguró que “no le deseo el calvario que hemos vivido mi familia y yo, las explicaciones que he tenido que dar a mis allegados, yo me metí en política para ayudar a la gente”. González también acusó al concejal de Ciudadanos José Carlos Martín de haber orquestado lo que considera una persecución y exigió su expulsión del partido.
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