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Sábado 23/11/2024

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En busca de tesoros verdes

El Ayuntamiento quiere preservar el patrimonio natural de la localidad y abre la posibilidad a cualquier ciudadano o colectivo de proponer que un ejemplar botánico o conjunto de ellos en todo el territorio municipal pueda ser incluido en su ‘Catálogo de árboles singulares y arbolado de interés local’.

El Ayuntamiento quiere preservar el patrimonio natural de la localidad y abre la posibilidad a cualquier ciudadano o colectivo de proponer que un ejemplar botánico o conjunto de ellos en todo el territorio municipal pueda ser incluido en su ‘Catálogo de árboles singulares y arbolado de interés local’.

El término municipal atesora una rica biodiversidad de especies vegetales entre las que existen grupos y ejemplares botánicos que, por sus características excepcionales, presentan un gran valor e interés local dentro del patrimonio medioambiental mijeño y, por ser las joyas vivas más preciadas, su protección y conservación debe ser de interés público.

Esta es la filosofía de la ordenanza de planificación, gestión, uso y protección de las zonas verdes y del patrimonio vegetal aprobada en la última sesión plenaria que en su quinto título (‘Protección del patrimonio vegetal de Mijas’), incorpora un capítulo dedicado al arbolado singular de la localidad donde se incluye la creación del ‘Catálogo de árboles singulares y arbolado de interés local’.

El objetivo de esta normativa es, como señala la concejala de Medio Ambiente, Carmen Márquez, “poner en valor y proteger” ejemplares de especies que no estaban amparadas por ninguna norma pero que, por sus características únicas, deben salvaguardarse. Con el nuevo texto, el Ayuntamiento regula tanto su protección como las sanciones, en el caso de incumplimiento de la norma, para evitar su degradación o desaparición.

¿Qué es un árbol singular?

A efectos de la ordenanza, se entiende como ‘árbol singular’ aquella planta que destaca dentro del municipio por una o por varias características de tipo biológico, paisajístico, histórico, cultural o social, y que tras un determinado procedimiento, es declarado como tal y catalogado. Estas características le hacen merecedor de formar parte del patrimonio cultural y natural, lo que implica que sea de interés público su protección y conservación.

También existe otro concepto, el de ‘arboleda de interés local’, que hace alusión a una agrupación de varios árboles que, por su especie, tamaño, edad, belleza, composición, singularidad o por su valor cultural, social o historia se considera destacable y digna de protección para la colectividad.

¿En qué consiste la medida?

Plantas que destaquen por sus características biológicas, paisajísticas, históricas, sociales y culturales podrán ser declaradas y catalogadas como árboles singularesLa protección, conservación y mejora del arbolado singular, mediante su defensa, fomento y cuidado, independientemente de que su titularidad sea pública o privada, es una prioridad para el equipo de Gobierno local que, a través de una modificación de la ordenanza anterior, establece directrices y funcionamiento de la planificación, ordenación y gestión del arbolado singular, instrumentos jurídicos de intervención y control y el régimen sancionador en defensa y protección del arbolado singular y del medio donde se encuentre.

Cuando un ejemplar o conjunto botánico es declarado singular implica que no pueden ser cortados, dañados, trasplantados, mutilados, ni destruidos en su estado o aspecto, ni su entorno y, tanto si se trata de un árbol singular como de una arboleda de interés local, la protección se extiende asimismo a su entorno y legado.

Cabe recordar que la ordenanza municipal (en su artículo 29) considera de especial protección especies como castaño, almez, algarrobo, hinojo marino, brezo, enebro, sabina, nogal, acebuche, pino carrasco, pino resinero, pino piñonero, álamo, chopo, granado, encina, alcornoque, quejigo, coscoja, sauce, taraje, olmo o durillo, entre otras, a las que se sumarían, se cita textualmente, “aquellas masas de vegetación o árboles singulares incluidos en el Catálogo Municipal”, que también disfrutarán de especial protección.

Por ello, con el fin de garantizar el cumplimiento de este artículo, el área de Medio Ambiente ha redactado el ‘Catálogo Municipal de árboles singulares y masas de vegetación de interés del término municipal de Mijas’, actualmente en tramitación.

Como explica la edil del área,   “no nos vamos a conformar con elaborar un catálogo”, sino que además se señalizarán estos monumentos vivos con cartelería en la que se especificará desde el tipo de especie a su antigüedad o superficie que ocupa. Entre las propuestas, ya se estudia, por ejemplo, el alcornocal de Roza del Aguado (en La Cala).

Con la aprobación en pleno del nuevo texto reglamentario, el Consistorio cuenta, según fuentes municipales, con “una herramienta de gestión local actual y en consonancia con las nuevas directrices ambientales que a nivel europeo, nacional y autonómico se han ido incorporando al ordenamiento jurídico”.

¿Cuál es el procedimiento?

El acceso a la información contenida en el ‘Catálogo de árboles singulares y arbolado de interés local’ será libre. El Consistorio divulgará el contenido a través de su publicaciónLa declaración de árbol o arboleda de interés local se realizará por el pleno municipal a propuesta de cualquier persona o por propia iniciativa del Ayuntamiento, previo informe del Consejo Local de Medio Ambiente y Sostenibilidad. Carmen Márquez destaca que “está abierto a cualquier vecino”, aunque también puede ser propuesto por el propio Consejo (en marcha en breve). El plazo máximo para resolver será de 6 meses.

Cada propuesta deberá ir acompañada por la identificación del árbol o árboles mediante su nombre científico, común, su nombre popular si lo hubiere, su localización y estado fitosanitario, así como una memoria descriptiva y justificativa.

Aquellas personas o colectivos que tengan inquietud en que se declare algún árbol singular pueden contactar con el área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Mijas llamando al 952 49 44 41 o bien enviando un e-mail a medioambiente@mijas.es.

Y tras la declaración...

El Consistorio financiará, con cargo a sus propios presupuestos, los gastos de conservación de estos ‘monumentos naturales’, bien sean de titularidad pública o privadaEl Ayuntamiento se responsabiliza de su protección, a través de un plan que regulará su supervisión, gestión, difusión y conservación, y financiará con cargo a sus presupuestos los gastos de conservación, con independencia de que sean de titularidad pública o privada.

En cuanto a las tareas de vigilancia, es responsabilidad municipal en el caso de que los ejemplares se encuentren en zona pública y si son de propiedad privada, es obligación del propietario y de los servicios técnicos y cuerpos de Seguridad del Estado y del Ayuntamiento. 

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