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Sábado 23/11/2024

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El consistorio regula la quema de rastrojos durante la temporada de mayor riesgo de incendios

Se trata de una medida encaminada a mejorar la seguridad y prevenir el fuego en zonas forestales

El equipo de gobierno ha comenzado a preparar, desde la óptica normativa, la temporada de mayor riesgo de incendios forestales, mediante la promulgación de un decreto de Alcaldía por el que se regula la quema de rastrojos agrícolas.

El bando del alcalde Ángel Nozal, especifica que entre el 1 de mayo y el 15 de octubre el uso del fuego para la quema de “rastrojos, pastos, residuos, carboneo para cualquier actividad agraria” deberá ser comunicada, con una antelación mínima de diez días, a la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Sólo la Delegación Provincial será la competente para autorizar una quema de rastrojos, para la cual el interesado deberá comunicar a la Junta datos como la situación de la finca, la extensión de la quema, la cantidad de residuos, así como el día y la hora previstos para el uso del fuego.

Una vez que la Consejería de Medio Ambiente haya autorizado la quema, el interesado tiene la obligación de comunicar la acción a los propietarios colindantes, con una antelación mínima de 48 horas. Igualmente, debe comunicar a los Bomberos de Mijas la autorización al menos con 24 horas de antelación, a fin de que los servicios públicos de extinción estén alerta ante cualquier incidencia al respecto.

En todo momento, la quema de rastrojos en la época de mayor riesgo de siniestro se debe realizar conforme a lo estipulado en el artículo 17 del Reglamento de Prevención y Lucha contra los incendios forestales, en el que se estipula medidas como que se debe mantener una vigilancia activa de al menos dos horas tras ser extinguida la quema de restos agrícolas, así como que éstas no deben realizarse los días de viento, entre otras.

Si la quema de rastrojos de procedencia agrícola se produce entre el 16 de octubre y el 30 de abril, el interesado deberá comunicar con al menos diez días de antelación a los Bomberos de Mijas.

En este caso, el Ayuntamiento de Mijas sólo autorizará el uso del fuego los  viernes y sábados, desde la salida del sol “debiendo finalizar antes de las 18.00 horas”, según el Bando firmado por el alcalde Ángel Nozal, quien justifica las medidas enunciadas en el mismos asegurando que “Mijas, por su ubicación, sus características de masa  forestal, su localización geográfica y la experiencia en el alto número de incendios es considerada en situación de peligro alto durante todo el año”.

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