M. J. Gómez. Si tienen previsto votar por correo en las próximas elecciones generales del 10 de noviembre, pueden solicitar hasta el 31 de octubre (inclusive), en cualquier oficina de Correos de España y en el horario habitual de apertura de estas, el certificado de su inscripción en el censo electoral. La obtención de este documento es requisito imprescindible para poder emitir el voto vía postal. Para formular la solicitud, los interesados deben acreditarse presentando el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.
La solicitud se puede realizar solo por el mismo elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad (acreditada mediante certificación médica oficial) que impida la formulación personal de la solicitud, en este caso podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente.
Correo entregará las solicitudes recibidas en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondiente.
Elecciones Locales parciales del 17 de noviembre
Correos también gestionará el voto por correspondencia para las elecciones locales parciales que se celebrarán el 17 de noviembre en 35 municipios y en 88 entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio en los que no se presentó ningún candidato para los comicios del 26 de mayo, así como en otros tres municipios con mesas cuyo escrutinio fue anulado en las últimas elecciones municipales. En este caso el plazo de solicitud de voto por correo finalizará el 7 de noviembre.
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