La Junta Local de Gobierno del Ayuntamiento de Mijas ha decidido esta semana iniciar una revisión de la Ordenanza Municipal de la Tasa por Recogida Domiciliaria de Basuras, con el objetivo de “hacerla más justa”, según ha señalado el concejal de Economía y Hacienda, Mario Bravo.
La norma actual en vigor presenta “incongruencias” que a juicio del equipo de gobierno “no nos parecen justas”, puesto que no penalizan a los que más basuras generan y beneficia a ciudadanos dependiendo del lugar del municipio donde residan.
En este sentido, la referida ordenanza fija como tasa anual para una agencia de intermediación inmobiliaria (tipo de negocio que apenas genera residuos) un monto total de 324,5 euros, independientemente de su ubicación o superficie del local, “mientras que un bar, un restaurante o un chiringuito de hasta 10 mesas paga 180 euros”.
A juicio del equipo de gobierno, la ordenanza “fija una tasa que debe repercutir el coste del servicio”, por lo que “es injusto” que el coste de retirada de la basura de aquellos negocios que más residuos generan “se repercuta íntegramente entre los más de cincuenta y cinco mil recibos” que se ponen anualmente al cobro en Mijas.
Además, la Concejalía de Economía y Hacienda quiere acabar con la diferenciación que la ordenanza realiza a efectos de cobro de la tasa entre los mijeños que residen en el casco urbano o en alguna urbanización. En este sentido, la norma legal aplica al propietario de un piso o una casa ubicada en el casco urbano de Mijas Pueblo, Las Lagunas o La Cala de Mijas una tasa anual de 53,20 euros, independientemente de la superficie de la vivienda. Mientras que el propietario de un piso o un apartamento en alguna urbanización paga 66,66 euros anuales, “cuando hay pisos y casas fuera del casco urbano con sólo 40 metros cuadrados”.
“Vamos a empezar a trabajar en la revisión de la ordenanza”, ha asegurado el concejal Mario Bravo, lo que “no significa” que “el Ayuntamiento vaya a recaudar más” por la retirada de la basura, ya que la emisión de recibos no puede ser superior al coste del servicio.
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