Esta ordenanza, aprobada el pasado sábado, se constituye como pionera en el municipalismo español, puesto que hasta ahora el catálogo normativo de la mayoría de los ayuntamientos con textos legales similares tan solo regula las tasas a las que deben hacer frente aquellas personas que pretenden ejecutar obras de autoconstrucción.
La propuesta aprobada de la Concejalía de Urbanismo reconoce el derecho a la autoconstrucción de viviendas de nueva planta o ampliación de inmuebles ya existentes, extremo este último igualmente novedoso.
Según contempla la ordenanza se ahorrarán hasta un 50 por ciento de los costes de las preceptivas licencias municipales vinculadas a la construcción e, igualmente, obtendrán importantes ahorros en la tramitación de los proyectos arquitectónicos en virtud de un futuro convenio que el Ayuntamiento firmará con el Colegio de Arquitectos.
“Esta ordenanza es el lado más social de la política urbanística”, aseguró en su intervención durante el pleno el concejal de Urbanismo, Manuel Navarro.
Las familias solicitantes con cuatro miembros no deberán tener ingresos superiores a tres veces y media el Salario Mínimo Interprofesional, cuatro veces y media si la unidad familiar tiene entre 5 y 7 miembros y un máximo de ingresos de cinco veces y media el SMI si la familia está compuesta por más de siete miembros. Además, los solicitantes no pueden ostentar signos externos de riqueza.
La ordenanza será aplicable si los solicitantes carecen de vivienda que cumpla las condiciones de habitabilidad o encontrarse ésta en estado ruinoso, no poseer bienes raíces distintos al solar donde pretende edificar la vivienda o justificar la necesidad de ampliar la misma por razones de espacio o de incremento de la unidad familiar.
En ningún caso, la vivienda a construir por los beneficiarios de la ordenanza debe superar los 150 metros – medidos según los criterios de la VPO -, aunque todos los expedientes que se presenten deberán cumplir con las normas del planeamiento urbanístico de Mijas, de acuerdo con la calificación del suelo.
En este sentido, la ordenanza prohíbe expresamente la concesión de licencias de autoconstrucción en urbanizaciones o núcleos residenciales que cuenten con un Plan Parcial aprobado.
El texto legal aprobado en sesión plenaria contempla que los solicitantes a los que se le conceda una licencia de autoconstrucción se podrán acoger a los beneficios en la valoración de las obras a ejecutar, con la consiguiente reducción de los honorarios profesionales para la redacción del proyecto básico y de ejecución, así como de las tasas por actuaciones urbanísticas, que dependen del valor estimado de la vivienda o de las obras de ampliación.
“Aunque facilitaremos mucho la autoconstrucción de viviendas, cualquier solicitante debe cumplir con una serie de requisitos mínimos legales”, señaló al término de la sesión el concejal Manuel Navarro, quien explicó que “no se trata, en ningún caso, de permitir o hacer la vista gorda sin de ayudar a los que menos tienen para que puedan construirse una vivienda digna”.
En este sentido, el concejal de Urbanismo comentó que cualquier en proyecto que se presente en virtud de esta ordenanza “la obra deberá ser autoconstruida al menos en todo lo que signifique albañilería y pintura”.
“No vamos a conceder beneficios a aquellos que contraten a una empresa para que le construya la casa entera, aunque entendemos que hay tareas que requieren de la intervención de profesionales, como puede ser desde el levantamiento de la estructura hasta la instalación eléctrica”, puntualizó Navarro.
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